Ciclos Formativos Grado Superior

Requisitos acceso Grado Superior

Extracto del art. 5 ORDEN 18/2016, de 1 de junio, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regula el acceso, la admisión y matrícula a enseñanzas de grado medio y de grado superior de Formación Profesional en la Comunitat Valenciana [2016/4016] http://www.ceice.gva.es/web/formacion-profesional/admision-alumnado-en-ciclos-formativos

Artículo 5. Requisitos de acceso

  1. Ciclos formativos de grado superior.

2.1. Acceso directo.

2.1.1. Para acceder a los ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional se requiere estar en posesión del título de Bachiller o del título de Técnico de Formación Profesional.

2.1.2. Sin perjuicio del requisito establecido en el apartado 2.1.1, podrán acceder a los ciclos formativos de grado superior quienes se encuentren en alguno de los siguientes casos:

  1. a) Estén en posesión del título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
  2. b) Hayan superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
  3. c) Hayan superado el curso de orientación universitaria o preuniversitaria.
  4. d) Posean el título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos.
  5. e) Posean una titulación universitaria o equivalente.

2.1.3. Se aceptará como título de Bachiller al que se refiere el artículo 41.3.a de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el título de Bachiller expedido tras cursar el antiguo Bachillerato Unificado y Polivalente.

2.2. Acceso mediante prueba y otras vías de acceso

2.2.1 Podrán acceder a los ciclos formativos de grado superior sin reunir el requisito mencionado en el apartado 2.1 los solicitantes que hubieran aprobado en cualquier convocatoria la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior prevista en el artículo 41 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. En todo caso, la opción de la prueba superada habrá de permitir el acceso al ciclo formativo para el que se solicita la admisión. Para acceder por esta vía se requerirá tener 19 años cumplidos en el año natural de realización de la prueba.

2.2.2. Quedarán exentos de realizar la prueba: Quienes hubieran superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

2.2.3. También podrán acceder acogiéndose al cupo de plazas ofertadas por prueba de acceso y otras vías de acceso aquellos solicitantes que estando en posesión del título de Técnico de Formación Profesional tengan superada la prueba de acceso u opten por realizarla y la superen, en cuyo caso se requerirá tener 18 años cumplidos en el año de realización de la prueba.

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